[Aclaración previa:
El siguiente texto pertenece a un trabajo terminado de redactar en Madrid durante el curso académico 1989-1990. Constituyó un trabajo de 3º de Filología Hispánica para la asignatura Lengua Española III impartida por Ramón Sarmiento González durante el curso 1989-1990. Hasta ahora ha permanecido inédito.
La cita del mismo ha de hacerse de forma correcta en APA 7: Carrasco Sotos, Á. y Cornago Bernal, Ó. (2026). Estudio comparativo de la GRAE de 1931 y el EGRAE de 1973 [Manuscrito en línea]. Zeppelin Rock. https://www.zeppelinrockon.com/2026/11/estudio-comparativo-de-la-grae-de-1931.html
© Ángel Carrasco Sotos
© Óscar Cornago Bernal
ADVERTENCIA
Este trabajo ha sido realizado íntegramente por Ángel Carrasco Sotos y Óscar Cornago Bernal. Son obra de la mano del primero las páginas 1-10, así como la conclusión a la primera parte; correspondiendo al segundo citado las páginas 10-22 y su respectiva conclusión.
Los autores.
ESTUDIO COMPARATIVO DE LA GRÁMATICA DE 1931 Y EL ESBOZO DE UNA NUEVA GRAMÁTICA DE LA LENGUA ESPAÑOLA DE 1973.
DIVISION DE CONTENIDOS:
-Gramática de 1931:
- La sintaxis en general.
- La oración gramatical: sus partes y complementos.
- La concordancia entre las partes de la oración.
- Los casos en castellano.
- Oficios (funciones) y complementos del nombre sustantivo.
- Oficios y complementos del adjetivo.
- Complementos del verbo: OD, OI y CC.
- La preposición y palabras que se construyen con preposición.
- Clasificación de la oración simple, según la índole del verbo y según el modo del verbo.
- Modos y tiempos del verbo.
- La oración compuesta. La coordinación.
- La subordinación. Oraciones adjetivas.
- Oraciones sustantivas.
- Oraciones adverbiales.
- Formas nominales del verbo: infinitivo, gerundio y participio.
- La sintaxis figurada.
- Los vicios de dicción.
-Esbozo de 1973:
- La sintaxis. La oración y sus elementos en general.
- Clasificación de las oraciones simples (según la actitud del hablante y según la naturaleza gramatical del predicado).
- Oraciones de predicado nominal y de predicado verbal. Su clasificación.
- Concordancia entre los elementos de la oración.
- Orden de colocación de los elementos oracionales.
- Oficios y complementos del nombre sustantivo.
- Oficios y complementos del adjetivo.
- El pronombre.
- La preposición.
- Perífrasis verbales.
- Modos, tiempos y aspectos del verbo.
- Tiempos de los modos indicativo y subjuntivo: significado y usos.
- Formas no personales del verbo: infinitivo, gerundio y participio.
- La oración compuesta.
- La coordinación.
- La subordinación. Tipos.
(El trabajo original consta de 27 páginas y, en él, los apartados del índice están paginados)
Los contenidos son en esencia los mismos, con alguna variación. Algunos puntos, por ejemplo, han sido suprimidos por entero, v. g. el 8, el 16 o el 17, y partes de otros han sido incluidas en puntos distintos, lo que nos da ya una pequeña visión mostrativa del juicio seguido por ambas gramáticas.
Por otro lado, el orden de tratamiento ha variado circunstancialmente. Mientras que la Gramática de 1931 da prioridad explicativa a las partes de la oración, sus funciones y complementos, para luego seguir con la clasificación de las oraciones (simples, primero; compuestas, después); el esbozo, por su parte, analiza primeramente la oración simple y sus tipos, sigue con el estudio de sus elementos constitutivos, y termina explayándose con las oraciones compuestas.
Observamos ya, a primera vista, un criterio distinto de clasificación de la oración simple. Dentro de cada punto, de igual manera, se podrán distinguir los distintos criterios que van a establecer, en definitiva, las diferencias entre las dos gramáticas, aunque, a veces, nos veremos sorprendidos por textos que el Esbozo de 1973 se dedica simplemente a copiar de la Gramática de 1931, cosa que no tenemos que tomar a priori como negativa. Pero pasemos a cotejar los distintos puntos de contenido de las dos gramáticas.
LA SINTAXIS
La sintaxis nos enseña el modo como deben enlazarse unas palabras con otras para formar la oración gramatical y también las oraciones entre sí para formar la oración compuesta o período. (Gr. 1931, pág. 153)
- Criterio de definición descriptivo, lógico y sintáctico.
- Establece dos componentes básicos para la sintaxis: la palabra y la oración. Más adelante utilizará el término "locución" como conjunto de palabras modificadoras, pero no explica con claridad en qué consiste y los ejemplos no nos dan pie a asimilarlos a sintagma.
- Iguala el término "período" al de "oración compuesta".
- En cuanto a la oración, la definirá como bimembre: concepto sustantivo más acción, cualidad, estado o existencia.
A la sintaxis corresponde estudiar el contexto como tal, es decir, las agrupaciones de palabras conexas o relacionadas entre sí, con los medios para significar sus relaciones mutuas, y señala y clasifica las unidades o agrupaciones que la intención del hablante establece en el conjunto de la elocución. (Esb. pág. 349).
- Introduce el concepto "agrupación de palabras".
- Prioridad a la intención del hablante.
- Término "elocución" que tendremos que asimilar a "discurso".
- Criterio formal.
LA ORACIÓN
Es la expresión del juicio lógico, o sea, la manifestación oral del acto del entendimiento en virtud del cual afirmamos una cosa de otra. (Gr. 156).
- Definición lógico-semántica.
- Concepción bimembre.
La oración es la unidad más pequeña de sentido completo en sí misma en que se divide el habla real.(Esb. 350).
- Criterio semántico de definición.
- Autosuficiencia.
Nota: Más abajo la definirá con criterio sintáctico: "forma sintáctica que expresa la relación entre sujeto y predicado" (p. 352).
Esta definición la utiliza para referirse a la oración bimembre. Las últimas gramáticas salidas a la luz también asumen esta división bimembre para referirse a la oración en general; "Una estructura que consta de dos partes en relación predicativa y que posee finalidad comunicativa" (Sarmiento, 1989).
a) Las Partes:
La Gr. 1931 establece dos partes esenciales constitutivas de la oración: sujeto y predicado. El Esbozo de 1973 no tiene ya a esta dualidad como necesaria para la formación de oraciones, pues puede haber oraciones que denomina unimembres, las cuales no dejan de ser construcciones "lógicas". Criterio logicista.
Incluye, además, el Esb. 1973 el término "frase" para referirse al grupo de palabras conexo y dotado de sentido (sintagma), definiendo "locución" como frase hecha que se repite como fórmula fija.
b) La oración simple:
La Gr. de 1931 la define como compuesta por dos conceptos: sustantivo (nombre) y atributivo (verbo), sin que uno prevalezca en importancia sobre el otro. (p. 246)
En 1973 se recurrirá a un criterio semántico primeramente, para luego mezclarlo con el sintáctico. La oración simple va a ser aquella que contenga un solo juicio. Donde hay un verbo, añade, hay una oración simple. (p. 552)
c) Clasificación de las oraciones simples:
Ambas gramáticas hacen una doble clasificación. La Gr. 1931 las divide; a) según la índole del verbo y b) según el modo del verbo. Al primer grupo corresponden las oraciones de verbo copulativo, las transitivas, las intransitivas, las de verbo en voz pasiva, las de verbo reflexivo, de verbo recíproco, las impersonales y las unipersonales. Al segundo las aseverativas, interrogativas directas, interrogativas dubitativas, admirativas o exclamativas, desiderativas, exhortativas y elípticas.
El Esbozo hace una división semejante llamando al primer grupo "según la naturaleza gramatical del predicado" y al segundo "según la actitud del hablante". Existe, no obstante, algún cambio de denominación, alguna supresión o alguna añadidura que trataremos seguidamente. Existe cambio de criterio explicativo, aunque a veces, como ya señalábamos arriba, los textos son copiados íntegramente, lo que nos da muestra de esa mezcla constante de criterios que aparece tanto en una como en otra gramática.
El Esbozo hace primero una división previa en lo que respecta al primer grupo, agrupando las oraciones según si son de predicado nominal o verbal. En las primeras entrarían las de verbo copulativo y las de complemento predicativo, en las segundas las demás, incluyendo también un punto para hablar sobre los complementos del verbo (OD, OI, CC).
Diferencias esenciales:
Oraciones transitivas: El criterio de la de 1931 es sintáctico. Divide el verbo transitivo en: a) Con significación causativa b) con doble acusativo c) con acusativo y un adj. o participio y d) con acusativo y un sust. predicativo.
El esbozo solo trata la significación causativa.
Oraciones intransitivas: En 1931 se utiliza un criterio sintáctico. Considera los conceptos de ausencia/presencia para determinar la naturaleza de la oración, cuando en realidad la ausencia de OD explícito no implica necesariamente la intransitividad de dicho verbo. Es decir, haría falta un criterio semántico complementario para ser completa.
En 1973 se utiliza el mismo criterio. El análisis, sin embargo, es más escueto y con menos puntualizaciones, las cuales vemos nosotros necesarias en una gramática completa.
Oración pasiva: En 1931 se usa un criterio sintáctico-semántico. El Esbozo habla también del interés del hablante en ciertas partes de la oración. Hace una explicación menos prolija, pero añade la noción nueva de la pasiva refleja, la cual trata en punto aparte.
Oración reflexiva: El criterio de 1931 es semántico. Hace una división primera según si son directas o indirectas (i. e. según si el sujeto es a la vez OD u OI), y una segunda según la índole del verbo.
El Esbozo no establece esta segunda división. Sin embargo, introduce conceptos nuevos como el dativo de interés o la oración seudorrefleja.
Oración recíproca: Mismo texto.
Oraciones impersonales: 1931 las divide en impersonales transitivas e intransitivas. El Esbozo no hace tal división. Además añade las acepciones de perifrástica pasiva y pasiva refleja. Da más importancia al uso, y habla también de la fluctuación de concordancia en oraciones con "se" (tipo "se vende botella/botellas").
Oraciones unipersonales: 1931 las divide según si son de verbo propio o impropio. En 1973 no se tratan las construcciones con impropios (tipo "convenir", "importar"), dejando también de lado otras estructuras (como "poder ser") que la del 31 había incluido bajo este titular.
En el segundo grupo —que la de 1931 llama según el modo del verbo y el Esbozo según la actitud del hablante— las diferencias son las que siguen:
Oraciones aseverativas: Pasan en 1973 a llamarse enunciativas, y sus 16 puntos explicativos son una copia de la anterior gramática. De un criterio sintáctico-semántico se pasa a uno lógico-sintáctico.
Oraciones interrogativas directas e interrogativas dubitativas: Las incluye el esbozo en un mismo punto para luego hacer la misma división. Añade algo: una división de las directas en generales y parciales. Y suprime algo: el cúyo interrogativo de las parciales.
Oraciones admirativas o exclamativas: El Esbozo las simplifica en exclamativas. Al tono y sentimiento del hablante de los que ya hablara la del 31 para su definición, añade el aumento de intensidad y la cantidad de la sílaba acentuada. Se refiere más adelante también a la duración del "tempo" de la dicción.
Oraciones desiderativas: Ídem.
Oraciones exhortativas: Mismo texto. Añade un punto más: el de cómo por su carácter sintético los mandatos se suelen expresar con oraciones unimembres (concepto este que no existía en la anterior gramática).
Oraciones elípticas: Las suprime el esbozo. Añade, por otro lado, las "de posibilidad y dubitativas" (la idea de posibilidad ya había sido comentada por la de 1931 en el apartado de las oraciones aseverativas).
LA CONCORDANCIA
La división que hace la del 31 es la siguiente: 1. Concordancia adj-nombre (incluye art. part. y pron.) 2. Concordancia suj-verbo. Y como casos especiales: 3. Concordancia del adjetivo y del verbo con los pronombres personales y con los nombres de tratamiento. 4. Concordancia del adj. y del verbo con nombres colectivos.
Nota: Empleará un capítulo aparte para dedicarse a los casos en el español, que el esbozo suprimirá por entero.
El Esbozo hará una división más amplia con puntos nuevos: 1. Reglas generales de concordancia gramatical 2. Sexo y género gramatical (también en el 31) 3. Concordancia de los colectivos. Incluye aquí la concordancia del verbo "ser" copulativo con el complemento predicativo, que la del 31 lo trata, quizá más acertadamente, en el apartado de la concordancia del verbo con su sujeto. 4. Discordancia deliberada (también a grandes rasgos en el 31). 5. Pluralidad gramatical y sentido unitario (no en el 31). 6. Posición del verbo respecto a los sujetos (no en el 31). 7. Posición del adjetivo respecto a los sustantivos (no en el 31).
No incluye aquí la concordancia de pronombres que sí hace la gramática de 1931.
EL NOMBRE (Sus oficios y complementos)
- En la parte "El nombre complemento de otro nombre" suprime el punto d. de la Gr. 1931 que niega la concordancia en caso de los nombres en aposición pues, como sabemos, el Esbozo ha suprimido la parte de la gramática dedicada a los casos. Añade, no obstante, un punto g. referido a los compuestos de dos sustantivos formados por aposición.
- La parte "Adjetivo complemento de un nombre" la incluye en el apartado siguiente dedicado al adjetivo.
- El apartado "Nombre con preposición complemento de otro nombre" lo trata de manera idéntica pero se eliminan las referencias de tipo casual (vid. por ejemplo, el punto c.).
- Incluye el vocativo que la Gramática del 31 había tratado en el capítulo dedicado a los casos.
- Todo lo tocante al adjetivo el esbozo lo incluirá en el apartado siguiente, dedicado precisamente al adjetivo.
- El nombre se define conforme a su oficio dentro de la oración. Es por tanto un criterio sintáctico, al que el esbozo se une maquillando apenas alguna definición con pequeños matices.
EL ADJETIVO (Sus oficios y complementos)
- Trata la sustantivación del adjetivo que la Gramática del 31 se dejaba en el tintero.
- No trata, sin embargo, lo que la Gramática denominaba adjetivos adverbiales.
- Analiza el Esbozo en más profundidad la comparación e introduce además en este apartado el superlativo relativo, que la del 31 tratará dentro de las oraciones comparativas de desigualdad.
LA PREPOSICIÓN
- Las dos gramáticas hablan más o menos en términos equivalentes, con poca variación de contenido. Modifica el esbozo algún término (p. e. a las "preposiciones seguidas" de la gramática el esbozo las llama "agrupadas"). Añade también algún criterio nuevo de definición (caracteriza a la preposición por carecer de acento).
- En cuanto a la lista de preposiciones, mantiene las mismas e incorpora como novedad la preposición "pro".
- La Gramática de 1931 incluye una larga lista de palabras que se construyen con preposición, que el Esbozo suprime por preferencia "a darla en forma defectuosa" (Advertencia, 6).
EL PRONOMBRE
Amplio tratamiento sintáctico de los pronombres que la Gramática del 31 no ofrece, pues apenas hace alguna referencia en la parte dedicada a los casos, en la que clasifica los pronombres personales. El Esbozo no mezcla esta clasificación casual en lo que respecta a los pronombres personales, pero hace un profundo hincapié en la diferenciación pronombres acentuados, pronombres inacentuados y formas átonas.
Se supone que el tema del pronombre lo trata la Gramática del 31 en la parte de morfología, pero, no obstante, resulta imprescindible, a nuestro juicio, este tratamiento sintáctico del pronombre que analiza el Esbozo de 1973.
MODOS, ASPECTOS Y TIEMPOS DEL VERBO
- Incluye el Esbozo el aspecto como concepto, que en 1931 entraba en el apartado de "La cualidad de la acción verbal".
- De los cuatro modos que habla la del 31 (indicativo, potencial, imperativo y subjuntivo), se pasa a dos (indicativo y subjuntivo), tomándose el imperativo como modo especial e incluyéndose al potencial en el subjuntivo.
- Más amplio tratamiento del subjuntivo, así como del denominado subjuntivo potencial y del optativo.
- Más amplitud explicativa del imperativo.
- Expone en capítulo aparte los tiempos del verbo. En lo que respecta al presente, el Esbozo incluye el de mandato, el utilizado para acciones venideras, permiso, etc., y el que adquiere significado futuro como tiempo relativo, además de los ya tratados por la antigua gramática.
El indicativo:
- El pretérito perfecto pasa a ser pretérito perfecto compuesto.
- El pretérito indefinido pasa a llamarse pretérito perfecto simple.
- El futuro imperfecto pasa a futuro. En este apartado incorpora el futuro de mandato, el de probabilidad y el de sorpresa.
- Los dos tiempos del modo potencial del 31, como ya indicamos, pasan al indicativo, llamándose ahora condicional y condicional compuesto.
El subjuntivo:
Los cambios esenciales son los siguientes:
- El pretérito imperfecto pasa a pretérito imperfecto y pretérito pluscuamperfecto.
- El futuro perfecto pasa a dividirse en futuro perfecto y pretérito perfecto.
FORMAS NO PERSONALES DEL VERBO
El Esbozo trata este tema al final del tema dedicado al verbo justo antes de empezar con la oración compuesta, mientras que la Gramática lo coloca al final de la oración compuesta. Esta diferente disposición es debida a las dos perspectivas desde las que se pueden estudiar estas unidades: como elementos que funcionan en una oración simple o como núcleo de una oración compleja. Lo más racional sería dedicarles un apartado dentro del tema dedicado al verbo, junto con las formas personales del verbo, y otro dentro de la oración compleja.
La Gramática las denomina formas nominales, lo cual es una exactitud, dado que, por ejemplo, el gerundio no se acerca al nombre, sino más bien al adverbio. Por tanto es más correcto denominarlas formas no personales del verbo, en contraposición de las personales.
El infinitivo:
Ambas gramáticas coinciden en su explicación con ligeros matices que las diferencian. Por ejemplo, la Gramática habla de "nombre de la acción", mientras que el Esbozo se refiere a "nombre del verbo". Estos últimos conceptos son más gramaticales que los de la Gramática que utiliza un concepto más semántico: acción.
El gerundio:
En la Gramática sería más gramatical referirse a su "función" adverbial que a su "carácter" adverbial, que semanticidad en la descripción.
El Esbozo ofrece como incorrecta cualquier función adjetival del gerundio, no señalando el valor de relativa explicativa que puede tener.
El participio:
Ambas gramáticas carecen por completo de descripción formal. Pasan a un minucioso estudio de todas sus funciones, algo más resumido en el Esbozo.
En ambas gramáticas las funciones de las diferentes formas no personales son siempre explicadas por medio de equivalencias semánticas con las funciones de otros elementos de la oración. Esto se acentúa más en la Gramática que el el Esbozo, aunque ambas recurren con mucha frecuencia a la semántica para aclarar las funciones y equivalencias de estos elementos. P. ej.: "El participio absoluto puede equivaler a una de las siguientes clases de oraciones, (...) A una temporal: es la significación fundamental de este participio" (p. 426 GRAE, Espasa-Calpe, Madrid, 1962). El término "significar" en el Esbozo se suele sustituir por "denotar": "En la oración compuesta, el gerundio equivale con frecuencia a una subordinada que denota alguna circunstancia de modo, tiempo,..."
Aparte de estos pequeños matices, estas gramáticas se parecen bastante en la descripción de estos elementos. Hacen una minuciosa enumeración de todos sus valores, y según estos les van adjudicando una u otra función. Para esto, suelen dividir las partes no personales y las estudian desde sus dos puntos de vista: como sustantivo, adverbio o adjetivo; o como núcleo verbal.
ORACION COMPUESTA
En el Esbozo se diferencia la oración compuesta de la simple por contener más oraciones gramaticales. La unidad de la oración compuesta viene dada por la entonación, palabras de enlace y pausas. Se admite la yuxtaposición tanto para la coordinación como para la subordinación. Se refiere a los procesos de coordinación y de subordinación como relaciones sintácticas —lo cual es cierto—, pero las coloca al mismo nivel, y eso es falso, pues subordinación y coordinación son funciones de diferentes niveles. Se cifra la diferencia entre estas funciones en la naturaleza y función de los nexos formales, y en que en la coordinación una oración no llega a ser elemento sintáctico de la otra; sin embargo, en la subordinación los elementos están incorporados formalmente a la oración principal o subordinante. Se pueden dar diferentes grados de incorporación. Por lo tanto, son criterios formales los que se utilizan para diferenciar estas relaciones sintácticas.
La Gramática no se detiene casi en hacer apreciaciones globales sobre las oraciones compuestas, y pasa al estudio de la coordinación.
- Se alude más a conceptos semánticos y lógicos como: juicio, sentido o significación.
- Distingue dos clases de subordinación: a) en la manera de concebirlo, según el entendimiento, b) según el modo de expresión, el modo del verbo. "...de modo que la dependencia formal sea expresión de la dependencia lógica o mental", por lo tanto, está subordinando los criterios formales a los semánticos y lógicos, de modo que la descripción formal que utiliza es mínima, y se apoya mucho más en un criterio lógico-semántico. Para la gramática, la descripción formal no es más que un mero exponente de lo lógico. Establece un paralelismo entre la dependencia de ideas de los complementos del verbo para con este, y la dependencia de juicios de la oración subordinada para con la oración principal, solo varía la naturaleza de los elementos. Evidentemente, ha olvidado por completo los conceptos formales y funcionales, que son los adecuados para establecer estas relaciones.
- Observamos que en esta introducción, mucho más breve en la Gramática, el Esbozo introduce una serie de términos: relaciones sintácticas, incorporación sintáctica, naturales de los enlaces, funciones..., de los cuales prescinde la Gramática y que a la hora de establecer criterios son mucho más fiables que los conceptos lógico-semánticos de la Gramática.
COORDINACION:
Para el Esbozo, coordinación, subordinación y yuxtaposición son tres modos de expresar la relación mental y de significado que guarda entre si las oraciones. Las diferencias son, por un lado, formales: según el tipo de nexo; pero por otro, se utilizan criterios lógicos, que dan la siguiente clasificación: a) simple adición, b) diferencias entre las oraciones (temporales, espaciales, lógicas,...): distributivas, c) diferencias lógicas que pueden llevar a juicios contradictorios: disyuntivas, c) oposición parcial o total entre los juicios que representan las oraciones: adversativas. Pero "Como en el lenguaje no se trata de puro contenido lógico, si no de su interpretación en la forma interior con que el hablante percibe sus representaciones, los grados expresivos intermedios son muy numerosos, pero siempre se producen en una y otra de estas dos direcciones": (Esbozo, 1986) contrariedad de los juicios.
La Gramática se explica en los siguientes términos: coordinación: oraciones que expresan un juicio independiente.
- Por tanto, frente a la mezcla de criterio formales y lógicos del Esbozo, aquí se nos presenta un predominio casi total de los criterios y conceptos semánticos.
- La yuxtaposición solo servirá para la omisión de conjunciones en la coordinación. En el Esbozo veíamos que coordinación, subordinación y yuxtaposición estaban a la misma altura, y la yuxtaposición no era una subclase de coordinación. Con lo cual la elección del Esbozo es más coherente, puesto que la omisión de conjunciones es igual de válida para la subordinación. De todos modos ambas gramáticas cometen un error, pues ante la omisión de nexo a veces resulta imposible averiguar qué tipo de relación se establece entre sus elementos.
- Debemos hacer una crítica a la exposición de ambas gramáticas, pues de la coordinación no resulta una oración de rango superior como estas gramáticas proponen, sino que tenemos un conjunto de oraciones o período. Entiéndase período como conjunto de oraciones y no con la confusión que estas gramáticas utilizan el término, pues también lo utilizan para designar una oración subordinada con su principal.
Copulativa:
El Esbozo para la definición de esta relación utiliza un criterio lógico-semántico pues, dice que es aquella que enlaza elementos análogos sin ningún tipo de connotación. La Gramática por el contrario, la define como la unión de dos o más oraciones una a continuación de otra, por tanto es una definición más formal que la del Esbozo, pero pierde rigurosidad, ya que es una definición muy laxa.
La Gramática, como es usual, introduce una exhaustiva normativa de los diferentes tipos de copulación y la concordancia en cada caso. Frente a esta minuciosa normativa de la Gramática, el Esbozo establece un criterio semántico (copulación = no connotación) con el cual explica toda la copulación, adjuntando solo algunas normas básicas, y un criterio formal: polisíndeton y asíndeton. El Esbozo establece una regla que luego se puede aplicar al resto de los casos, lo cual constituye una metodología más moderna que la de la Gramática, que se queda en una simple enumeración, aunque esta sea necesaria.
Distributivas y disyuntivas:
Según el Esbozo, distributivas son aquellas en las que nos referimos alternativamente a varias oraciones o miembros de la oración que se sienten con diferencias lógicas, temporales... A veces estos juicios pueden ser contradictorios y no pueden verificarse a la vez, entonces tenemos las disyuntivas.
Y en la Gramática se dice que conjunción disyuntiva es aquella que une en la escritura lo que separa el entendimiento, expresa juicios que no pueden ser verdaderos al mismo tiempo. Las distributivas son coordinadas o disyuntivas que empiezan siempre con vocablos que indican contraposición. Vemos que mientras el Esbozo presenta la disyuntiva como un tipo de distributiva, según un criterio semántico, la Gramática presenta la distributiva como un tipo de coordinación o disyuntiva, y -curiosamente- apela a un criterio formal para esto: que encabeza un vocablo que establezca la comparación.
Adversativa:
Ambas gramáticas utilizan el criterio semántico de la contrariedad entre las oraciones, y el Esbozo aporta un criterio que puede entenderse de manera formal: contraposición de una oración afirmativa y otra negativa. Esta última gramática las clasifica en restrictivas y exclusivas, dependiendo del grado de contrariedad: parcial o incompatible.
La Gramática aporta una mayor minuciosidad en la descripción de conjunciones y locuciones, así como el uso correctivo de la coordinación adversativa.
Creo que sería posible una exposición más racional de las conjunciones, clasificándolas en subgrupos según la función más específica que desempeñen o matices menos perceptibles, que describir las todas dentro del mismo grupo.
Explicativa:
La Gramática reduce este tipo de coordinación sin uno especial del "o" disyuntivo.
La Gramática, por un criterio totalmente lógico de causa-consecuencia, establece dos tipos más de coordinadas: causales y consecutivas o ilativas. Las diferencia de sus homónimas subordinadas, porque en aquellas se establecen causas y consecuencias materiales o físicas, y no lógicas o racionales como en estas. El criterio formal que se aduce para la independencia de estos tipos —necesaria para ser coordinadas—, es que se pueden expresar por medio de yuxtaposición. Claro está que, dado que el Esbozo extiende la yuxtaposición a las subordinadas, para esta gramática estos tipos no constituyen un ejemplo de coordinación.
SUBORDINACION
El Esbozo comienza este tema valiéndose de unos términos funcionales muy acertados. Define la oración subordinada como un elemento sintáctico de la principal o subordinante. Las considera incorporadas o incluidas en una unidad mayor con una determinada gradación, pero siempre con una relación de dependencia gramatical. Las clasifica según la función gramatical que desempeñan: oficios de sustantivo, de adjetivo o de complemento circunstancial (1).
(1) Nótese la confusión al mezclar categorías gramaticales como el adjetivo o el sustantivo con funciones gramaticales como la de complemento o circunstancial.
Apunta tres criterios de diferenciación entre las distintas subordinadas: función, nexo y significado total del período como unidad lingüística.
Frente a esto, tenemos la Gramática, que dedica un espacio insuficiente al estudio de la subordinación en general, se limita a decir que desempeñan la misma función que el complemento del verbo o del nombre en la oración simple. Lo cual es cierto, pero se vuelve a quedar demasiado laxo, le falta rigurosidad.
Para ambas gramáticas se pueden apuntar los siguientes hechos:
- Tenemos unos criterios funcionales escasos que el en Esbozo se mezclan con formales y semánticos, pero de una manera consciente y deliberada. Este último estudio resulta bastante más eficaz y completo.
- Falta una clasificación estructural y tipológica, de modo general, para todas las subordinadas.
- Insuficiente profundización en las relaciones subordinada-principal.
- Se comete el error de colocar la subordinación al mismo nivel que la coordinación, siendo operaciones de niveles totalmente distintos.
- Teoría mal planteada, ya que una subordinada sustantiva de sujeto, no puede estar por debajo del verbo, sino que está al mismo nivel, entonces no tendríamos que hablar de subordinación, sino de suboración o grupo complejo que realiza la función como si de un elemento en una oración simple se tratara.
Subordinada sustantiva:
Ambas gramáticas la definen y la subdividen según criterios funcionales, es decir, según pueda o no desempeñar unas determinadas funciones. La Gramática tiene un estudio preliminar de las sustantivas del cual carece el Esbozo.
Sustantivas de complemento directo:
Las dos gramáticas las clasifican en enunciativas, que la Gramática también denomina explicativas y apunta que va con verbos de entendimiento, (Esbozo interrogativas). Las primeras, a su vez, están divididas en estilo directo (Esbozo indirecto) y las segundas, para la Gramática, se subdividen en dubitativas (Esbozo indirectas) que equivalen a la oración simple directa y dubitativa. En esta última subdivisión se nota la mezcla de criterios formales con semánticos, mezcla que se repetirá al hablar de las oraciones de temor (según el verbo principal indique el recelo o temor de que se verifique la subordinada).
También se utilizará criterios lógicos al decir que las oraciones que comienzan con la conjunción "y", enlazan la oración con reflexiones mentales no expresadas.
- En ambas gramáticas se da toda una descripción de la "concordancia tempore", que estudia el uso de los diferentes tiempos y las diferentes posibilidades. Esto está más extendido en la Gramática que en el Esbozo.
- La clasificación de las sustantivas de complemento directo está bien en principio —siempre que se rija por criterios formales—, pero adolece de grandes errores y faltas, por ejemplo la mezcla de criterios formales y semánticos: oraciones enunciativas o interrogativas con oraciones dubitativas o de temor. Otro fallo es que esta subdivisión debería englobar todos los tipos de sustantivas, y no solo las de complemento directo.
Para terminar con este apartado vamos a anotar algunas otras diferencias entre ambas gramáticas:
- La Gramática, a lo que el Esbozo llama "complementarias de un sustantivo o adjetivo", denomina "complementarias con preposición". El Esbozo introduce dentro de estas el complemento de verbo, más conocido como suplemento, al cual no alude el Esbozo.
- También la Gramática dentro de este apartado, introduce las "sustantivas de complemento indirecto", que serán las adverbiales finales del Esbozo, y las "sustantivas de complementos circunstancial", que son las oraciones causales que expresan el motivo o causa real del efecto que se indica en la oración principal. Por tanto, vemos que su diferencia con las coordinadas es totalmente semántica. El Esbozo coloca estos tipos de oraciones en las adverbiales, ya que son modificadores del verbo, cuya función es realizada más propiamente por un adverbio que por un nombre.
Subordinadas adjetivas:
La Gramática las coloca antes de las de sustantivo, lo cual es menos lógico, ya que siempre se estudia el sustantivo antes que el adjetivo.
Ambas gramáticas apelan a criterios funcionales para la definición, y también aluden a un criterio formal: las denomina oraciones de relativo por ir unidas por un pronombre de relativo.
En las dos gramáticas se clasifican en explicativas y especificativas, para lo cual se aducen criterios exclusivamente formales: unión más íntima en las especificativas, pausas y como en las explicativas, suprimibilidad de las explicativas. Estos criterios son ampliados en la Gramática: en las explicativas se puede sustituir el pronombre relativo por "el cual" o un equivalente y también se pueden convertir en oraciones independientes o en subordinadas adverbiales sustituyendo el pronombre por una conjunción.
- Descripción formal y funcional bastante más profusa y minuciosa de los pronombres relativos en la Gramática.
- Ambas gramáticas estudian la concordancia, aunque siempre la Gramática lo hace más extensamente, solo esta última estudia los modos y tiempos del verbo en las oraciones de relativo.
- El Esbozo trata el tema de la sustantivación y hace una clasificación estructural: masculino, femenino y neutro.
- La Gramática da como correcto el uso de "cuyo" precedido de la preposición que corresponde llevar al antecedente: "Peor es quitar el pan a cuyo es, que negar el agua a quien tiene sed y padece" (León, Exposición de Job, 22). "Cuyo", como indica el Esbozo, necesita, dado su carácter posesivo, un nombre que modificar.
- La Gramática, a diferencia del Esbozo, no hace referencia a l los adverbios de relativo.
Subordinadas adverbiales:
Como el mismo Esbozo dice: "Clasificaremos las oraciones subordinadas con un criterio principalmente semántico", según la clase de relación que por su significado guarda con la oración principal. Advierte que la clasificación que establece no es excluyente, por tanto habrá zonas intermedias en las que una oración no se sabrá con certeza si pertenece a un grupo o a otro.
La Gramática, a diferencia del Esbozo, denomina a este grupo subordinadas adverbiales y no subordinadas circunstanciales. Esta denominación de la Gramática es más acorde con el resto de la clasificación que estamos viendo en ambas gramáticas, pues las anteriores subdivisiones tomaban el nombre de la categoría cuya función podían realizar: subordinadas sustantivas, subordinadas adjetivas; y no de la misma función, como hace el Esbozo.
Otro punto a favor de la Gramática es que utiliza algunos criterios formales para definir las adverbiales, tales como su movilidad o su opcionalidad.
Las oraciones finales pasan de clasificarse como sustantivas de complemento indirecto en la Gramática a "subordinadas circunstanciales finales". Esta posición es más coherente, ya que la finalidad está mucho más cerca de una circunstancial que de un complemento indirecto.
- Las subordinadas sustantivas complementarias del verbo principal, en el Esbozo serán subordinadas circunstanciales de diferentes tipos. Este cambio también parece acertado, dado que la función de suplemento —aunque no muy estudiada y por tanto confusa— está más cercana a la función circunstancial, que a una función puramente nominal como la de C.D.
- Las causales y las consecutivas que la Gramática divide en coordinadas y subordinadas según la gramática latina, en el Esbozo solo serán subordinadas: "subordinadas circunstanciales causales y subordinadas circunstanciales consecutivas.
Dado que la Gramática excluye numerosos grupos de las subordinadas adverbiales, hace la generalización de que todas las conjunciones adverbiales son correlativas, y se relacionan con la oración principal por medio de conjunciones relativas que corresponden a un adverbio demostrativo expreso o tácito en aquella. Efectivamente, un gran grupo de conjunciones adverbiales, excluyendo los grupos dichos, cumplen estas reglas, pero no todas: algunas concesivas, por ejemplo, no se atienen a esto ("no comerá, así lo mates").
El Esbozo dividirá el estudio de las circunstanciales en dos bloques:
Oraciones circunstanciales I:
En este grupo incluye "las de lugar", así como las "temporales, modales y comparativas".
En las temporales, el Esbozo incluye una sencilla clasificación semántica: simultaneidad, suceso inmediato y suceso mediato, que puede ser de anterioridad o posterioridad, junto con una que descripción formal: antecedentes particulares para cada tipo de oración, así como tiempos verbales. La Gramática no establece esta clasificación, se limita a una enumeración de todas las conjunciones, y estudia todos los casos posibles que se pueden dar y su normativa. A veces introduce algún tipo de clasificación, pero dentro ya de cada conjunción, por ejemplo: "cuando" (simultáneamente: pasado y futuro).
Con respecto a las comparativas, ambas gramáticas establecen la misma clasificación semántica, según sea la comparación de cantidad o cualidad, o de modo. Nótese que aparte de valerse de criterios no lingüísticos, la clasificación no guarda coherencia porque no está en la misma línea semántica la cantidad o cualidad que el modo. Dentro del primer grupo tenemos la siguiente subdivisión: igualdad o desigualdad (superioridad o inferioridad). Esta clasificación, aunque está vista desde un ángulo semántico, tiene una correlación formal: a cada clase se le asigna un determinado tipo de conjunción o enlace.
Subordinadas circunstanciales II:
En este grupo el Esbozo incluye los siguientes tipos de oraciones:
- Las "subordinadas finales y subordinadas causales" que el Esbozo encuadra dentro de las circunstanciales, ya vimos que la Gramática las catalogaba a las primeras como sustantivas de C.I., dado la semejanza de las conjunciones; y a las segundas, las divide en coordinadas y subordinadas sustantivas con preposición, siguiendo los dos tipos de conjunciones causales que había en latín; pero dado que en romance no existe esta diferenciación tan pronunciada, ha hay motivo para clasificarlas en diferentes grupos.
- El Esbozo divide las "subordinadas consecutivas" en dos grupos: a) ilativas, expresan la consecuencia de las oraciones anterioris; b) expresan la consecuencia de una acción, circunstancia o cualidad, su nexo es "antecedente más 'que'". La Gramática mete el primer tipo dentro de las coordinadas.
- Subordinadas condicionales. En ambas gramáticas se explican por medio de los conceptos de prótasis-apódosis, que se supone que deberían ser relevantes para el orden lógico, pues el lingüístico puede variar. La Gramática establece una clasificación lógica —dependiendo cómo el entendimiento conciba la relación condicional— para llegar a tres formas diferentes de expresión según sea: relación necesaria, imposible o contingente. Es decir, que mientras el Esbozo parte de lo formal —aunque utilice conceptos de más utilidad lógica que gramatical—, la Gramática parte de lo lógico para llegar a lo formal: tiempos verbales y formas de expresión según el tipo de relación que se dé.
La Gramática llama condicionales elípticas a aquellas en las que se sobreentiende otro tipo de subordinada o en las que la apódosis ha sido suprimida por una pausa, p. ej.: "por si" (se elide una subordinada final), "como si" (se suprime una modal),... Esto no lo menciona el Esbozo. Creemos que sería más racional tratar las c conjunciones "como si" o "por si" como un bloque sin tener que sobreentender nada.- Subordinadas concesivas. Ambas gramáticas las definen en términos lógicos como oraciones que conllevan dos juicios contradictorios, Tanto para estas oraciones, como para la mayoría de las ya vistas, se distinguen dos subtipos según vayan con una verbo en indicativo o en subjuntivo. El significado que se le da a este distinción formal viene a ser siempre el mismo: indicativo se refiere a hechos más reales y subjuntivo a hechos posibles o imaginados.
Excepto las grandes diferencias anotadas y algunas otras de menor importancia, vemos un gran parecido en toda la presentación de las subordinadas adverbiales. La Gramática tiende más a no hacer clasificación y simplemente ir estudiando las diferentes conjunciones, su norma y uso, de manera muy detallada. También podemos comprobar una censura por parte del Esbozo de algunas formas arcaicas que la Gramática todavía admite, p. ej.: el futuro subjuntivo en la prótasis. De todos modos, lo esencial viene a estar de forma idéntica, incluso a veces con similitudes textuales en el Esbozo.Para terminar con esta comparación de gramáticas, hemos de apuntar los dos puntos finales tratados por la Gramática y que el Esbozo omite: "de la sintaxis figurada y de los vicios de dicción". El primero de estos puntos trata en una siete páginas algunos de los recursos estilísticos que se basan en la sintaxis y que a menudo van contra la norma: hipérbaton, elipsis, pleonasmo...El segundo punto, en una extensión algo superior, trata de algunos de los errores que podemos cometer al hablar o escribir: barbarismo, solecismo, cacofonía,... Creemos que este segundo apartado está bastante más fuera de lugar que el primero, dado que la mayoría de estos vicios corresponderían a la morfología, a la fonética, pero no a la sintaxis.
CONCLUSIONES A LA PRIMERA PARTE
Para dar cuenta de los aciertos y errores, convergencias y divergencias, etc., de ambas gramáticas, tendremos que tener en cuenta dos ejes temporales: el sincrónico y el diacrónico. Es decir, los criterios gramaticales seguidos por una y otra gramática tienen una explicación contextual temporal. Esto, que, en principio, podría significar una evidencia, si bien es cierto a grandes rasgos, no se cumple de manera absoluta en gramáticas tan alejadas, relativamente, en el tiempo. Me explico: si bien el Esbozo pretende ofrecerse como "nuevo", no deja de tener presente la vieja gramática. No criticamos esto, sino que caiga en el mismo error analítico y metódico seguido por su predecesora. Nos referimos esencialmente a la mezcla, que no complementariedad, de criterios, a la hora de definir, explicar o dar cuenta de un término, construcción, etcétera. Los criterios, que no se suelen especificar, se amalgaman, con lo que queda difuso el método seguido. La lógica se mezcla con la semántica y esta con la sintaxis, pasando por la psicología y el formalismo.
Quiero también "criticar" el énfasis que ambas gramáticas ponen en la autoridad literaria para ejemplificar una construcción. No me parece muy recto recurrir al Mío Cid cuando se pretende hacer una gramática de un español actual.
Sí me parece fundamental un análisis detallado del "uso" de cada fenómeno lingüístico, cosa que raras veces hace la Gramática de 1931, y sí, algo más, el Esbozo.
Pasando ya al contenido, es criticable el juicio seguido por ambas gramáticas para la clasificación de las oraciones simples. La de 1931 confunde oración con verbo, así que cuando da cuenta de los tipos de oración lo único que hace es clasificar los distintos "tipos de verbo". El Esbozo acepta la división previa aunque da títulos distintos, no avanzando nada en definitiva. La confusión radica en que no se tiene clara la noción de oración y se confunden los criterios, cuando en realidad una oración no ha de caracterizarse sino en relación a su función comunicativa.
Nota: Así es como lo hacen R. Sarmiento y A. Sánchez en su Gramática (págs. 240-41).
El Esbozo, debido a su afán innovador, introduce conceptos como el de "oración unimembre", incoherente si tenemos en cuenta que la oración, desde nuestros clásicos, ha sido siempre definida como bimembre.
Nota: También es R. Sarmiento el que nos da muestra de esto en su artículo Orígenes y constitución de la doctrina sintáctica en la época clásica, 1980.
Se muestra el Esbozo, no obstante, acertado en la inclusión de nuevos conceptos que habían pasado desapercibidos para los redactores de la Gramática de 1931 (baste con recordar las novedades introducidas en la oración pasiva y reflexiva). Del mismo modo, también suprime estructuras sintácticas y términos en desuso, aunque no totalmente. Frente a la excesiva prolijidad descriptiva de la Gramática, el Esbozo muestra una mayor capacidad de síntesis y mejor estructuración temática, así como mejor especificación clasificativa.
Además, la mayoría de las novedades introducidas son acertadas. Recordamos ahora la utilización de los rasgos suprasegmentales, esenciales para la definición y caracterización de oraciones (la entonación) o partes de la oración (el acento, por ejemplo, para la caracterización de las preposiciones).
Para terminar solo nos resta decir que no podríamos cargar todo el peso de una crítica sobre una gramática que, por ahora, solo es un simple "esbozo". Solo esperamos que nuestras objeciones sean constructivas, con vistas a una mejor redacción de una nueva gramática de la lengua española, a todas luces necesaria.
CONCLUCIÓN A LA PARTE SEGUNDA
En términos globales, podemos afirmar que ambas gramáticas siguen una línea muy similar. Esto hace que presenten unos resultados en muchos casos idénticos. No obstante, es posible anotar algunas diferencias en el modo de actuar de estas gramáticas.
En primer lugar, observamos que el criterio predominantemente semántico de la Gramática deja paso a la lógica y en algunos casos, a criterios formales; aunque estos, sobre todo en las descripciones, nunca ocupan un lugar importante en ninguna de estas gramáticas. Si acaso, algunas clasificaciones o estructuraciones sí son establecidas siguiendo criterios funcionales, aunque en la mayoría de los casos estos no se llevan hasta sus últimas consecuencias y terminen pasando a un plano más lógico o semántico. Así vemos cómo la clasificación de las subordinadas comienza estableciéndose según la función que realicen, sin embargo las subordinadas adverbiales ya se dividen por criterios semánticos.
Antes de seguir adelante, debemos criticar la inviabilidad de estas líneas lógico-semánticas que establecen los rasgos generales de estas gramáticas. Este error logicista de tantas gramáticas viene de la consideración de la lengua como reflejo del pensamiento, de modo que se creía que las estructuras y funciones de ambos entes debían ser paralelas.
Nota: Véase S. Gutiérrez Ordóñez, "¿Es necesario el concepto oración?", 1984.
Sin embargo, ya Gutiérrez Ordóñez deja claro que todo método gramatical debe atenerse al principio de la inmanencia, así como que todo procedimiento (de determinación) ha de estar previsto en la teoría.
Nota: Ver para esto su artículo "Determinación de las funciones sintácticas", 1983.
En ese mismo artículo (pág. 45) demuestra la independencia de las funciones sintácticas y los datos semánticos. Es obvio que todo criterio lógico o semántico es totalmente contrario a la inmanencia que debe tener todo método gramatical. Esto está apoyado por A. Rabanales, que en su artículo "Métodos probatorios de gramática científica", demuestra la facilidad de reducir al absurdo la mayoría de las descripciones logicistas.
No obstante, debemos hacer una defensa a favor del Esbozo que, aun utilizando mayormente los criterios lógicos, ya hace una clara diferenciación sobre los criterios que se utilizan en esa gramática. De modo que se nos avisa de los criterios que van a ser empleados en las diferentes definiciones y clasificaciones: p. ej. en la división de las subordinadas circunstanciales se avisa que se ha hecho con criterios semánticos. Esto, en el peor de los casos, demuestra una consciencia de que se están empleando diferentes criterios. En la Gramática, estos criterios se nos dan mezclados sin ningún tipo de perjuicio.
Este abusivo uso de la semántica y la lógica impiden que estas gramáticas tengan la precisión que le daría el predominio de unos criterios inmanentes como los formales. P. ej.: el valerse de la lógica les impide ver que las oraciones subordinadas es un concepto innecesario en unas gramáticas que admiten la transposición sintáctica como las que estamos estudiando. Este concepto de subordinación, al no estar visto a la luz de criterios más gramaticales, se coloca, erróneamente, al mismo nivel que la coordinación, siendo relaciones de diferentes niveles gramaticales. Estas y otros grandes errores nos demuestran que solo el uso de criterios formales, funcionales o sintácticas nos pueden configurar una gramática con todos los requisitos científicos necesarios.
En otro orden de cosas, hemos de notar que el Esbozo, como la propia palabra indica, tiene un carácter más resumido que la Gramática. De modo que, una vez hechas las definiciones y clasificaciones pertinentes de cada tema, la Gramática se detiene mucho más en el estudio minucioso de los diferentes casos, y da extensas listas de elementos (p. ej. conjunciones) que pueden pertenecer a esa determinada clase. Estas descripciones, tanto formales como funcionales, suelen estar bastante más resumidas en el Esbozo.
En términos generales, se puede decir que el Esbozo, a la hora de hacer el estudio de un tema, utiliza procedimientos más modernos y quizá más racionales. A veces tiende más que a la descripción de unas minuciosas casuísticas —como en la Gramática— al establecimiento de una regla que el hablante pueda aplicar de forma casi automática, y le conduzca a los resultados que tan extensamente le presenta la Gramática. P. ej. en el tema de la coordinación copulativa se dan unas normas generales y básicas que evita parte de la descripción normativa que la Gramática hace a raíz de la concordancia. No obstante, ambas gramáticas tienen un carácter normativo que nos parece necesario.
Observamos que el Esbozo se detiene más en cuestiones y teorías generales antes de pasar a los casos particulares. Al revés de la Gramática que, tras muy breves introducciones, pasa rápidamente a la enumeración y el estudio de hechos más particulares. Por esto, nos parece el Esbozo una gramática más moderna y racional, al intentar eliminar la descripción de hechos y datos más particulares por medio de teorías y clasificaciones que los engloben. A pesar de esto, consideramos demasiado escaso el espacio dedicado a la subordinada en el Esbozo, y en concreto a la circunstancial (23 páginas). En comparación con el extenso estudio que le dedica la Gramática, que nos parece más acertado dada la gran extensión que la subordinación —y más concretamente la subordinación adverbial— ocupa en nuestra lengua.
La diferencia entre los temas de ambas gramáticas es debida, en gran parte, a la disposición más racional que se les da en el Esbozo. Pero los contenidos no difieren en mucho. Y, a veces, estas diferencias mínimas son el resultado de expresiones que —debido a la diferencia cronológica entre ambas gramáticas— han caído en el desuso y ya se ven como arcaísmos del lenguaje.


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